A partir de la promulgación de la Ley N º 16.811 del 27 de febrero de 1997, la evaluación
agronómica de cultivares a los efectos de su aceptación e inscripción en el Registro
Nacional de Cultivares, es responsabilidad del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE).
El objetivo de la evaluación agronómica, es el de proveer de una información básica,
confiable y objetiva acerca del comportamiento de los cultivares de las distintas
especies a nivel nacional, útil para el Registro Nacional de Cultivares y para los
usuarios del sistema.
En el país sólo podrán ser comercializados aquellos cultivares de especies forrajeras,
cereales y oleaginosas que figuren inscriptos en el Registro Nacional de Cultivares,
para lo cual previamente deben haber sido evaluados agronómicamente.
Dicha evaluación tiene un carácter informativo y no restrictivo a los efectos del
mencionado Registro.
La conducción de los ensayos y demás comprobaciones técnicas se efectúan de acuerdo
a Protocolos de Evaluación y de Control de Calidad. Este último determina las normas
para el Control de Calidad de todo el proceso, desde el recibo de las muestras de
semillas hasta la cosecha, análisis industrial, publicación y difusión de los resultados.
Dichos Protocolos son elaborados en forma previa por un Comité Técnico Mixto Permanente
(CTM), integrado por técnicos de INASE e INIA, para ser posteriormente sometidos
a consideración de los Grupos Técnicos de Trabajo en Evaluación (GTTE), en los cuales
están representados todos los agentes vinculados a la evaluación y Registro.
En el correr del año 2001, INASE aprobó y reglamentó Protocolos para 37 especies,
que incluyen a todas aquellas de mayor importancia agrícola. Esto implica la siembra
de unos 72 ensayos por año, que se encuentran distribuidos en 8 localidades diferentes.
Especies
Forrajeras
Se encuentran protocolarizados los ensayos de evaluación de cultivares, para su
inscripción en el Registro Nacional de Cultivares, de las siguientes especies o
grupos de especies afines:
Achicoria, Alfalfa, Arrenatherum elatius, Avena, Bromus auleticus, Bromus catharticus,
Bromus stamineus, Bromus valdivianus, Dactylis, Falaris, Festuca, Festulolium, Holcus,
Lotus corniculatus, Lotus pedunculatus, Lotus tenuis, Raigrás anual, Raigrás bianual,
Raigrás perenne, Trébol blanco, Trébol rojo, Trifolium alexandrinum, Trifolium balansae,
Trifolium incarnatum, Trifolium resupinatum y Trifolium vesiculosum.
La evaluación agronómica para la mayoría de estas especies, se realiza mediante
una única siembra por año, con una duración de los ensayos de 1, 2 y 3 años dependiendo
si las especies son anuales, bianuales o perennes. En todos los casos se requiere
de 2 años de siembra.
Forrajeras Anuales
Los cultivares de las especies anuales; avena, raigrás anual y leguminosas anuales,
deben ser evaluados en ensayos por 2 años consecutivos, para que los mismos puedan
ser inscriptos en el Registro Nacional de Cultivares
Forrajeras Bianuales
Los cultivares de las especies bianuales podrán ser inscriptos en el Registro Nacional
de Cultivares, a partir del momento que se cuente con la información experimental
correspondiente al primer año de la segunda siembra.
Forrajeras perennes
Para la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares de los cultivares de las
especies perennes, deberá contarse con la información experimental correspondiente
al segundo año de la segunda siembra.
Cultivos
de Invierno
Se encuentran protocolarizados los ensayos de evaluación de cultivares de: cebada
cervecera, trigo, y triticale.
Cebada cervecera
La evaluación agronómica de los cultivares de cebada cervecera, se realiza mediante
la siembra anual de 2 ensayos en La Estanzuela y 1 en Young para aquellos cultivares
que ingresan por primera vez a la evaluación, como así también para aquellos con
dos y más años. Estos últimos además, se evalúan en un ensayo instalado en Paysandú
y otro en las proximidades de la localidad de Dolores.
Los cultivares de esta especie, podrán ser inscriptos en el Registro Nacional de
Cultivares, a partir del momento que se cuente con los resultados experimentales
correspondientes a 3 años de ensayos.
Trigo
La evaluación agronómica de los cultivares de trigo, comprende tanto a aquellos
de ciclo largo como de ciclo intermedio. Separados los cultivares por ciclo, la
evaluación se realiza mediante la siembra anual de 2 ensayos en La Estanzuela y
1 en Young para aquellos cultivares que ingresan por primera vez en la evaluación;
3 ensayos en La Estanzuela y 3 en Young para aquellos con dos o mas años.
Dichos cultivares podrán ser inscriptos en el Registro Nacional de Cultivares, a
partir del momento que se cuente con la información experimental correspondiente
a 3 años de ensayos.
Triticale
La evaluación agronómica de los cultivares de triticale, comprende tanto a aquellos
con destino a grano como doble propósito. Estos deben ser evaluados por 2 años consecutivos
en una única fecha de siembra en la localidad de La Estanzuela, condición para que
los mismos puedan ser inscriptos en el Registro Nacional de Cultivares,
Cultivos
de Verano
Se encuentran protocolarizados los ensayos de evaluación de cultivares de:
Maíz para grano, Maíz para silo, Sorgo forrajero y Sudangrás para pastoreo,
Sorgos para silo, Moha (Setaria italica), Mijo o Pasto italiano (Pennisetum americanum)
Sorgo granífero, Girasol, Soja y Arroz.
La evaluación agronómica de los cultivares de maíz grano, sorgo granífero, y soja
se realiza mediante la siembra anual de dos ensayos (dos épocas) en La Estanzuela
y uno en Young; en tanto el girasol se siembra una época en La Estanzuela y dos
en Young. El maíz silo, sorgo forrajero y sudangrás para pastoreo, los sorgos para
silo, la moha y el pasto italiano, se evalúan sólo en La Estanzuela en dos épocas
de siembra.
Todos los cultivares de estas especies, deberán ser evaluados por un período de
dos años para poder ingresar al Registro Nacional de Cultivares.
La evaluación agronómica de los cultivares de arroz se realiza mediante la siembra
anual de 5 ensayos, 2 en Paso de la Laguna, uno en Río Branco, uno en Tacuarembó
y uno en Artigas.
Dichos cultivares podrán ser inscriptos en el Registro Nacional de Cultivares. a
partir del momento que se cuente con los resultados experimentales correspondientes
a dos años de ensayos.