INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

 

Pando,   26 de marzo de 2007                                                             Res : 041/007

 

VISTO: la Resolución de INASE Nº 017/003 de 18 de marzo de 2003 relativa a la inclusión de testigos comerciales en los ensayos de evaluación;

 

RESULTANDO :  I) que por la misma, se resolvió: incluir en los ensayos de evaluación para el Registro Nacional de Cultivares y en carácter de testigos, a muestras comerciales de cultivares ya inscriptos en el referido Registro, sembrados y difundidos en el país que cumplan con lo establecido en el numeral 2) de la mencionada resolución,  así como que los mismos serían establecidos por el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Semillas con el asesoramiento del CTM y la opinión del GTTE;

                              II) que se expidió la CTM, la que también consulto al respecto al GTTE;

 

CONSIDERANDO:  conveniente y necesarios actuar en la forma propuesta; -

 

ATENTO : a lo dispuesto en la Ley Nº 16.811 de 21 de febrero de 1997 y en la Resolución de INASE Nº 017/003 de 18 de marzo de 2003;

 

LA  DIRECTORA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE :

 

1).   Incluir en los ensayos de evaluación de Trigo para el Registro Nacional de Cultivares y en carácter de testigos, a muestras comerciales de los siguientes cultivares :

 

 

Trigo Ciclo Largo :  LE 2245 (INIA Gorrión) y Buck Guapo.

 

 

Trigo Ciclo Intermedio: INIA Mirlo, Estanzuela Pelón 90, LE 2249 (INIA Churrinche), y Onix

 

2)     Incluir como testigos comunes en los ensayos de evaluación de Trigo de ciclo largo e intermedio para el Registro Nacional de Cultivares a muestras comerciales de los cultivares: LE 2210 (INIA Tijereta)  y LE 2310 ( INIA Carancho).-

 

3)     Comuníquese, cumplido, archívese.

 

 

                                                                                            Ing. Agr. Cecilia Jones

                                                                                              Directora Ejecutiva